Ventajas tributaria

 El sistema impositivo paraguayo tiene, básicamente, dos impuestos principales: el impuesto a la renta de las empresas y el IVA, de los que viene el grueso de las recaudaciones del Estado,  esta simplicidad hace que sea muy fácil hacer negocios en Paraguay, porque hay mucha claridad de los impuestos que uno efectivamente tiene que pagar una vez que está operando en el día a día. Además, no hay limitaciones para la entrada y salida de capitales.

En cuanto al costo impositivo para las diversas operaciones, cuando las utilidades no se distribuyen y se vuelve a reinvertir, el costo es del 10%; si se distribuyen las ganancias a socios locales no contribuyentes del impuesto a la renta personal, el costo total es del 14,5%, y si se reparten las utilidades a socios locales contribuyentes del IRP, es del 19,5%; y si las utilidades son remesadas a socios del exterior, sin domicilio en el Paraguay, es del 27,3%.

En comparación a la región, Paraguay tiene el sistema tributario más favorable de la región, con un impuesto a la renta de las empresas del 10%, frente al 15% del Brasil, 17% de Chile, 25% de Uruguay, 35% de la Argentina y 34% de Venezuela.

Paraguay es uno de los países con la menor carga tributaria de América Latina, con 11,8%, frente a 26,7% del Brasil, 25,5% de la Argentina, 19,9% de Bolivia, 19,5% de Chile y 17,1% de Uruguay.

Otra serie de ventajas impositivas, como la que otorga la Ley 523/05, que autoriza y establece el Régimen de Zonas Francas, y que prevé la exoneración del IVA y de todo tributo nacional o departamental; tratamiento asimilable a las exportaciones e impuesto único del 0,5%.

También esta la Ley 60/90, de incentivos fiscales para inversión de capital de origen nacional y extranjero, y que tiene prevista la exoneración de todo tipo de tributos internos a la constitución de sociedades y empresas, de gravámenes aduaneros, liberación de exigencia de encaje bancario o depósitos especiales, de impuestos a la distribución de dividendos y remesas cuando la inversión fuera de menos de US$ 5.000.000.

Y la la Ley 1064/97, de la Industria Maquiladora de Exportación, la Ley 48/38/12, que establece la política automotriz nacional, Ley 4427/12, de incentivos a la producción, desarrollo o ensamblaje de bienes de alta tecnología, la Ley 4903/13, de parques industriales y la Ley 4601/12, de incentivos a la importación de vehículos eléctricos.

Fuente extraída del Diario ABC Color